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| Certificados de compatibilidad urbanísticaInscripciones REICInscripción Registro Sanitario | Informes de seguridad contra incendios Licencia de rótulo Licencia de vado Informes urbanísticos |
En cumplimiento de la ley 31/1995 todas las actividades deben disponer de un plan de autoprotección.
Las actividades incluidas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección, aprobada por el Real Decreto 393/2007, deberán realizar y registrar en el órgano competente un Plan de Autoprotección que se ajustará a los requisitos establecidos en el anexo II de la Norma Básica de Autoprotección.
Nuestros planes de autoprotección son siempre redactados y firmados por un ingeniero superior que dispone del título de técnico superior en prevención de riesgos laborales.
En algunos casos el Certificado de compatibilidad urbanística es necesario como paso previo a la tramitación de la Licencia de Actividad.
El certificado de compatibilidad urbanística se expide por parte del Ayuntamiento y nos garantiza que la actividad proyectada o existente es compatible con la normativa Urbanística.
Nuestra metodología de trabajo es la siguiente:
En cumplimiento del Decret 324/1996 ciertas actividades deben inscribirse en el “Registre d’Establiments Industrials de Catalunya”
Nuestra metodología de trabajo es la siguiente:
Nuestro trabajo concluye cuando el cliente dispone de el documento que acredita su inscripción en el REIC.
Antes de iniciar su actividad, todos los centros sanitarios ubicados en Catalunya deben obtener la correspondiente Autorización Administrativa del “Departament de salut de la Generalitat de Catalunya”
Nuestra metodología de trabajo es la siguiente:
Podemos decir que nuestro trabajo concluye cuando el cliente dispone de la Autorización Administrativa que le habilita para ejercer la actividad sanitaria.
El objetivo del informe de seguridad contra incendios dependerá de las necesidades del cliente.
A modo orientativo nuestros informes técnicos relativos a la seguridad contra incendios le permitirán conocer, entre otros aspectos:
Distintas características (dimensiones máximas, luminosidad, etc.) vienen fijadas por las Ordenanzas Municipales.
En cumplimiento de dichas Ordenanzas Municipales presentaremos la documentación técnica necesaria en el Ayuntamiento para la obtención del correspondiente permiso de rótulo.
En cumplimiento de las Ordenanzas Municipales presentaremos la documentación técnica necesaria en el Ayuntamiento para la obtención del correspondiente permiso de vado.
Si el vado no existe nos encargamos de su construcción siguiendo los requisitos constructivos fijados por el Ayuntamiento.
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